domingo, 19 de agosto de 2012

ELEGIDAS Y ELEGIDOS VOCEROS SALA DE BATALLA SOCIAL LIBERTADORES DE AMÉRICA 18-08-2012

Las salas de batalla social, nacen el 03 marzo del año 2008, por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Rafáel Chávez Frías.

PODER POPULAR TOMA LAS RIENDAS

La Revolución Bolivariana en la búsqueda de transferir poder al pueblo continúa aprobando leyes. Prueba de esto es la sanción de la Ley Orgánica de las Comunas, fundamentada en el principio de la organización de las comunidades para la toma de decisiones.
Ulises Daal, ex Presidente de la Comisión del Poder Popular y Medios de Comunicación de la Asamblea Nacional, fue uno de los diputados que llevó adelante el proceso de aprobación y discusión de esta Ley, que está constituida por 65 artículos.
Las Comunas traen un elemento importante de desarrollo, y es la organización de distintas comunidades sin límites político-territoriales de los estados, municipios o dependencias federales, siempre y cuando no afecte o modifique la organización de dichos límites establecidos en la Constitución”, explicó.
Este modelo podrá satisfacer las necesidades del ámbito geográfico al cual pertenezca de manera más inmediata. “El pueblo podrá ser partícipe y contralor de los proyectos que se desarrollan en su perímetro”, no siendo un obstáculo las poligonales en que se encuentra el consejo comunal, explicó Daal.
Lo que se busca es que la gente esté más cerca de los servicios y las obras y tengan la transparencia de todo aquel proyecto que se realice. “La organización del pueblo y la consolidación del Poder Popular se están fortaleciendo cada vez más. Esta ley podrá generar empleo y cuando se dé un desarrollo mayor, se plantea la posibilidad de exportar todos los bienes y servicios que produzcan”, agregó.
Esta Ley fue promulgada en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.011, el 21 de diciembre de 2010.
Gobernaciones y alcaldías
Este instrumento jurídico es uno de las cinco que componen las Leyes del Poder Popular, donde también están la Ley Orgánica de Auditoría Social, la Ley Orgánica para el Desarrollo y Promoción de la Economía Comunal, la Ley Orgánica del Poder Popular y de la Ley de Planificación Pública.
Con las cuales se promueven la descentralización del poder, la propiedad colectiva, la autonomía, teniendo al Consejo Federal del Gobierno como la organización de planificación.
Esto ha causado gran polémica en sectores opositores, y esto se debe a los nuevos instrumentos jurídicos que establece como el Banco de la Comuna, Carta de la Comuna, Consejo de Economía Comunal, y Consejo de Contraloría Comunal, comenta.
Como se constata en la Constitución en su preámbulo el objetivo principal es la refundación de la república, para crear una sociedad verdaderamente democrática.
“La oposición dice que estas leyes eliminarán las gobernaciones y alcaldías y es falso, las coloca en una unidad dinámica de verdadera gerencia. Ahora un gobernador en vez de estar pendiente de un hueco, y no poder solucionarlo por múltiples problemas, estas Comunas podrán responder de manera inmediata dentro de su propio campo”, apuntó Daal.
Explicó que de esta manera se eliminará la histórica figura de la política venezolana, que forma parte de la cultura neoliberal, mediante la cual se aprovechan de los recursos del pueblo y en muchos casos se desvìa el dinero sólo para un grupito, dijo Daal.
Indicó que este tipo de organización no es una imposición, sino las condiciones que se generan para el ejercicio del derecho de todo ciudadano y ciudadana.
Instrumentos de consolidación
Dentro de las distintas figuras organizativas que consolidan los aspectos de la Ley Orgánica de las Comunas está el Consejo de Economía Comunal, que será la instancia encargada de la promoción del desarrollo económico de la Comuna. Estará conformado por cinco voceros o voceras y sus respectivos suplentes, electos o electas entre los integrantes de los comités de economía comunal.
Entre sus funciones estará la vigilancia, evaluación y contraloría social, sobre los proyectos, y actividades de interés colectivo.
Se establece crear la Carta de la Comuna que contiene las normas de convivencia, la visión del buen vivir y cómo el colectivo puede diseñar el modelo de vida que quiere desarrollar. Será el instrumento donde se establecen las normas elaboradas y aprobadas por los habitantes de la Comuna en el Parlamento Comunal.
“Todo esto está contribuyendo para profundizar la democracia en el país. No se trata de acercarle el poder a la gente, como era la gran promesa de las democracias liberales, sino de una verdadera desconcentración del poder.

El día 18-08-2012,  08:00 AM  a 08:00 PM, se llevó a cabo en el Centro Comunitario de Desarrollo Social de la Urbanización Sucre, la elección de voceras y voceras que conformaran la estructura de la Sala de Batalla Social Libertadores de América, Parroquia Pedro María Morantes  del Municipio San Cristobal Estado Táchira, contando con la presencia de la camarada ALBA CONTRERAS del frente Francisco de Miranda. Transcurridas las 05:00 horas de la tarde, los voceros de los consejos comunales MANAURE, LIBERTADOR SINERAL, BARRIO SUCRE PARTE BAJA, PARTE ALTA, URBANIZACIÓN SUCRE, PIRINEOS II, QUINIMARÍ, MARIA DEL CARMEN RAMIREZ, LOTE B Y C, LOTE A Y  F, LOTE G, Y LOTE H, luego de ejercer su voto con mucha alegría y entusiasmo a la nueva forma  de Organización como lo establece nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de las Comunas, Ley Orgánica del Poder Popular, luego de las 08:00 PM, luego de compartir un suculento sancocho comunitario,  luego que el Comite electoral realizó el  conteo de los votos, la estructura de la sala de batalla Social quedó conformada de la siguiente manera: 

VOCERO DEL PODER POPULAR:                   WILBER DAVILA 
VOCERO DEFENSA Y ELECTORAL               ROLANDO CENTENO
VOCERO PROTECCIÓN Y MISIONES           SOFIA GARCIA      
VOCERO ECONOMÍA SOCIALISTA              WILSON SANCHEZ
VOCERO SISTEMATIZACIÓN                         SELVA APONCIO 
VOCERO FORMACIÓN Y PROPAGANDA    MARIO BOQUINO 












Pasos para crear y registrar una Comuna
1 La iniciativa. Para empezar la constitución de la Comuna debe corresponder a los consejos comunales y a las organizaciones sociales que hagan vida activa en las comunidades organizadas, quienes deberán previamente conformarse en comisión promotora, notificando de este acto al órgano facilitador (Ministerio de las Comunas).
2 60 días. La comisión promotora, en un lapso de sesenta días continuos, contados a partir de la notificación de su constitución al órgano facilitador, deberá difundir y promover la información y el debate, coordinar con los voceros del comité de educación, cultura y formación ciudadana de los consejos comunales, la redacción del proyecto de la carta fundacional de la Comuna.
3 Carta Fundacional. El proyecto de la Carta Fundacional contendrá los siguientes aspectos: ubicación, ámbito geográfico, denominación de la Comuna, declaración de principios, censo poblacional para el momento de su constitución, inventario de las potencialidades económicas, sociales, culturales y ambientales.
4 Visto bueno. La Comuna se constituye como tal, cuando mediante referendo los ciudadanos de los consejos comunales aprueben por mayoría simple la carta fundacional.
5 Proceso electoral. La circunscripción electoral para la realización del referendo aprobatorio de la carta fundacional será el ámbito geográfico propuesto para la Comuna. Los electores con derecho al voto serán los que se encuentren inscritos en el registro electoral de los consejos comunales del referido sector.
6 Registro de las Comunas. En el lapso de los quince días siguientes a la aprobación la comisión promotora procederá a su registro ante el órgano facilitador. Con este acto la Comuna adquiere su personalidad jurídica.

La Ley Orgánica de las Comunas establece en su artículo 42 que el Banco de la Comuna tiene como objeto garantizar la gestión y administración de los recursos financieros y no financieros que le sean asignados, así como los generados o captados mediante sus operaciones.
Los voceros deben promover la participación protagónica del pueblo en la construcción del modelo económico socialista, mediante la promoción y apoyo al desarrollo y consolidación de la propiedad social para el fortalecimiento de la soberanía integral del país




No hay comentarios:

Publicar un comentario